Oficina de Promoción Industrial y Fomento de Empleo
AYUDAS A EMPRESAS TURÍSTICAS
FINALIDAD:
Conceder ayudas a empresas turísticas de Extremadura en materia de innovación y calidad turística, para el fomento de la competitividad y sostenibilidad de nuestras empresas, y para elevar el nivel de las infraestructuras turísticas de nuestra región.
DESTINATARIOS:
Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, titulares o promotores, sean o no explotadores directos de las siguientes empresas turísticas en todos sus grupos y categorías:
- Establecimientos hoteleros.
- Alojamientos rurales.
- Campamentos públicos de turismo
- Establecimientos de restauración (Restaurantes, Salones de Banquetes, Catering,...)
- Agencias de viajes.
- Empresas de actividades complementarias.
REQUISITOS:
1. Las actuaciones que pueden ser objeto de subvención, serán las realizadas a partir del primer día de cada año, de entre las siguientes:
a) Establecimientos Hoteleros: en todos sus grupos y categorías:
- Reformas y actuaciones para disponer de los parámetros exigidos en la marca de calidad turística Q en instalaciones y equipamientos.
Reformas y actuaciones en materia higiénico-sanitarias de cocinas y baños.
- Reformas integrales de decoración que permitan elevar notablemente la calidad de las estancias y zonas de uso común.
- Reformas y actuaciones para la adaptación a las normas extremeñas de accesibilidad.
- Reforma y modernización de establecimientos para la obtención de categoría superior.
b) Campamentos Públicos de Turismo en todas sus categorías:
- Reforma y modernización de las instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamientos, cerramientos, sistemas de seguridad, instalación eléctrica, instalaciones de agua potable, tratamiento y eliminación de residuos sólidos y aguas residuales y servicios higiénicos.
- Reforma y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, al mejor uso y depuración de aguas, gestión energética y generación y tratamiento de residuos.
- Reformas y actuaciones necesarias para incrementar la categoría del establecimiento.
c) Establecimientos de Alojamiento turístico en el medio rural en todos sus grupos y categorías: Casas Rurales, Apartamentos Rurales y Hoteles Rurales:
- Reformas y actuaciones dirigidas a disponer de las infraestructuras y equipamientos necesarios para acceder a los parámetros y estándares exigidos en la marca Q de calidad turística en los Alojamientos Rurales.
- Reformas y actuaciones necesarias para la implantación de marcas de calidad en la gestión medioambiental.
- Reformas dirigidas a completar los servicios complementarios a ofrecer en los Alojamientos Rurales tales como restaurantes, parques de juegos para niños, piscinas o cualquier otro servicio que permita ofrecer un incentivo para alargar las estancias medias.
- Reforma y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, mejor uso y depuración de aguas, gestión energética, generación y tratamiento de residuos y contaminación acústica.
- Reformas y actuaciones necesarias para incrementar la categoría del establecimiento.
d) Establecimientos de restauración clasificados en el grupo II del Decreto 69/2002, de 28 de mayo, por el que se establecen normas sobre la ordenación y clasificación de las empresas de Restauración de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
- Reformas y actuaciones dirigidas a disponer de las infraestructuras y equipamientos necesarios para acceder a los parámetros y estándares exigidos en la norma Q de calidad para restaurantes.
- Reforma y modernización que permitan elevar la categoría.
- Renovación industrial y de elementos higiénico-sanitarios.
e) Agencias de Viajes:
- Creación de puntos de venta y elaboración de itinerarios y paquetes turísticos por nuestra Comunidad Autónoma.
- Desarrollo e implantación de aplicaciones informáticas que faciliten la reserva on line de productos turísticos ofertados por las agencias de viajes que actúen como receptivas del destino Extremadura.
f) Actividades turísticas Complementarias:
- Creación de nuevos productos, para contribuir a incrementar los incentivos que ofrecen los destinos turísticos existentes en Extremadura.
- Creación de circuitos turísticos ligados a la naturaleza y la cultura.
2. Serán conceptos subvencionables de las actividades descritas en el apartado anterior:
- Construcciones.
- Trabajos de proyecto y dirección facultativa.
- Mobiliarios y equipamientos según proyectos integrales de decoración o reformas para acceder a marcas de calidad turística o
de gestión medioambiental.
- Equipos informáticos para procesos de gestión, venta y/o reserva on line.
- Maquinaria.
- Elementos de transporte adaptados para los proyectos de turismo activo.
- Equipamiento para ofrecer nuevos servicios (piscinas, parque infantil) que alarguen las estancias medias.
TIPO Y CUANTÍA:
- La cuantía de la subvención no podrá exceder del 30% (I.V.A. excluido) del presupuesto de la inversión.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Año 2006: Hasta el 31 de marzo, inclusive.
ORGANISMO COMPETENTE: DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.

